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Inquilinos en DC tienen las de ganar ante la ley

El próximo 22 de marzo a las 10:00am, CARECEN junto a la Oficina de Servicios Humanos del Distrito de Columbia ofrecerán una charla sobre vivienda equitativa,  para que la comunidad conozca sus derechos. El punto de encuentro será la sede de la organización ubicada en 1460 Columbia RD. NW, Suite C-1, Washington DC, 20009.

Tener un techo donde vivir es una necesidad básica de la cual todo inmigrante que llega a Estados Unidos debe preocuparse. Algunos son acogidos por familiares ya establecidos en el país, pero otros corren con menos suerte, pues son blanco de abusos por parte de los propietarios de los inmuebles donde se alojan.

Ningún arrendatario en el Distrito de Columbia (DC), puede discriminar a un inquilino por su estatus migratorio, porque un contrato es suficiente para cerrar una negociación de alquiler, ya sea de una habitación, una casa o apartamento, asegura Michael García, especialista del Programa de Vivienda del Central American Resource Center (CARECEN), una organización que apoya a los inmigrantes, en su mayoría latinos.

Desalojo

CONTRATOS. Anabel Martínez asegura que los contratos de arrendamientos verbales tienen misma validez que los escritos.


           
   

Ricardo Sánchez-Silva

CONTRATOS. Anabel Martínez asegura que los contratos de arrendamientos verbales tienen misma validez que los escritos.

Adelina Moreno, originaria de México, tuvo un problema con su arrendatario, quien amenazó con desalojarla por no pagar una multa. El caso llegó a la Corte y aunque al final desembolsó parte del dinero, no salió de la vivienda.

“Tenía chinches en mi apartamento. Me dijeron que habían enviado un aviso para preparar las cosas, pero yo no recibí ningún papel. Después me estaban cobrando multa. Me dio miedo ir a la Corte porque no tengo papeles. Hablé con la manager y pagué la mitad de la multa”, dice Moreno, quien contó con asistencia de CARECEN. Su hogar recibió una inspección del gobierno local y al propietario le tocó realizar reparaciones, por las que no se puede cobrar un valor adicional al de la renta.

“La ley en DC es una de las más estrictas de Estados Unidos. El dueño de un apartamento no puede llegar a pedirle a un inquilino que se vaya, sin al menos 30 días para que responda a una carta, si es que hay alguna violación del contrato”, asegura García.

Los contratos de arrendamiento en la capital del país por lo general se realizan por un año y si después no hay renovación, la persona puede permanecer en la vivienda si paga su renta al día sin necesidad de volver a firmar ningún tipo de papel.

“Les decimos a los que tienen un contrato verbal que tomen apuntes de cuál fue el acuerdo al que se llegó con el dueño. Siempre deben pagar con cheque y sacarle copia. Si pagan en efectivo no pueden mostrar que realmente están viviendo allí”, comenta Anabel Martínez, directora del Programa de Vivienda de CARECEN. Los pagos también pueden hacerse vía transferencia electrónica, lo que permite guardar un recibo digital.

Ahora bien, es importante resaltar que la vocera de la organización dejó claro que independientemente del tipo de arrendamiento, la ley aplica por igual. Es decir, si se trata de una habitación y existe un contrato verbal o escrito con el propietario, los derechos son los mismos; pero si el residente se encuentra subarrendado (alojado por otro inquilino que realizó el contrato, conocido en inglés como “sublet”), no hay forma de evitar que lo desalojen.

Apoyo para emergencias

Si un inquilino no puede pagar un mes de renta, ya sea porque quedó desempleado, tuvo reducción de horas laborales o se le presentó alguna emergencia, existen vías para que no caiga en incumplimiento de contrato y el propietario tenga razones para desalojarlo. Se trata de “un dinero local y todo inquilino que venga con ese tipo de problemas, dependiendo dónde viva, se refiere a otras agencias comunitarias. Hay programas que pueden cubrir hasta $5 mil una vez al año”, asegura Martínez.

El Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia (ERAP, por sus siglas en inglés), es impulsado por el gobierno del Distrito de Columbia y “provee fondos para el alquiler atrasado si un hogar calificado está enfrentando el desalojo (incluyendo costos atrasados y judiciales). También brinda apoyo para los depósitos de seguridad y el primer mes de alquiler de los residentes que se mudan a nuevos apartamentos”, especifica el portal del Departamento de Servicios Humanos del gobierno local.

Particularmente en DC, el gobierno canaliza los recursos destinados para ayudar a los inquilinos a través de Catholic Charities, Housing Counseling Services, Salvation Army, Virginia Williams Family Resource Center y The United Planning Organization. Sin embargo, si la persona requiere ayuda en español y que su caso sea referido hacia la agencia pertinente, CARECEN -en Columbia Rd.- brinda la asesoría gratuita necesaria.

Regulaciones

Según explica García, el Distrito de Columbia estableció desde 1975 los llamados edificios “Bajo Control de Renta” (BCR), inmuebles privados que comenzaron a recibir un subsidio por parte del gobierno, para ofrecer rentas más asequibles, incentivar nuevos desarrollos y crecer según el aumento de la población.

El área metropolitana ha crecido tanto urbanística como comercialmente y aunque quedan pocas, este tipo de edificaciones se mantienen y están en la obligación de respetar los límites de porcentajes de aumento de renta anual fijados por el gobierno local. Por ejemplo, en 2017 el incremento permitido es de 3.1%. Si la persona es mayor de 62 años o con algún tipo de discapacidad se aplica el 1.1%, previa documentación que demuestre la edad o certificación médica.

Si los dueños de edificios BCR deciden vender sus propiedades, deben considerar como primera opción a los inquilinos que ya ocupan el lugar, pero si por el contrario los residentes desalojan la vivienda y los propietarios quieren volver a rentar, pueden estipular precios del mercado actual y aplicar aumentos de hasta 10% anual. Parte del compromiso de CARECEN es lograr que se legisle sobre el tema y se mantengan los porcentajes iniciales estipulados.

Propietarios vs. inquilinos

En EE.UU., la tasa de propietarios de viviendas aumentó de 64% en 1990 a 69% en 2005, de acuerdo a una investigación publicada por el Banco de Interamericano de Desarrollo (BID). Sin embargo, el estudio también muestra otra cara de la moneda.

“Cerca de 10 millones de familias tienen una deuda hipotecaria que supera el valor actual de sus viviendas y casi cinco millones de hogares han perdido su residencia por reposesión”, se lee en el texto de la publicación.

En ese sentido, la agencia CARECEN también tiende la mano a propietarios que presentan problemas con su hipoteca, en cuanto a posibles vías para negociar con el banco. La Encuesta de la Comunidad Americana (ACS) de la Oficina de Censos del país, reveló que para 2006 al menos 33% de los habitantes en Estados Unidos y Canadá vivían en un inmueble alquilado.

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