La Superintendencia de Industria y Comercio ha impuesto una nueva medida en contra de Claro por un caso de publicidad engañosa. La SIC encontró que entre agosto de 2015 y mayo de 2016, el operador ofreció a sus usuarios que hicieran recargas la aplicación WhatsApp gratis sin embargo no se podían usar todas sus funciones.
El ente de control consideró que el operador no cumplió con lo que había prometido y decidió obligar a la compañía a compensar con 200MB a 1’325.822 usuarios que hicieron recargas a la espera de recibir todas las funciones de la aplicación “gratuitamente”.
El beneficio se deberá habilitar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución, para ser aprovisionados durante los siguientes treinta (30) días calendario.
“Los 200 MB deberán estar vigentes por un mes desde la activación del aprovisionamiento y, deberá permitirse a los usuarios que hagan uso de los datos de navegación de manera inmediata, de forma tal que se consuman antes del plan o recarga. Para disfrutar de los Megabytes CLARO no podrá exigirles a sus usuarios ningún tipo de condición de acceso”, señala el comunicado de la SIC.
Este caso había iniciado desde el 16 de mayo de 2017, cuando la Superindustria sancionó a COMCEL S.A. (CLARO) con una multa superior a los 10 mil millones de pesos por ofrecer el uso gratuito de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, cuando en realidad no era del todo gratis, pues ciertas funcionalidades propias de la aplicación (como las llamadas de voz o compartir la ubicación, entre otras) generaban descuentos de las recargas efectuadas por los usuarios en modalidad prepago.
Mientras que Claro manifestó que cumplirá con la compensación ordenada por la SIC, “frente a la resolución de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), Claro, como empresa que cumple y respeta la ley y la normatividad colombiana, procederá a cumplir con dicha compensación en los términos que señala la autoridad”, dio a conocer la compañía.
El pasado mes de septiembre, la SIC había sancionado a Claro, Movistar, ETB y Tigo-Une por otro caso de publicidad engañosa. En aquella vez se mostró que el servicio de internet de banda ancha para los hogares no cumplía con lo prometido si no se estaba conectado por cables y que la velocidad era menor si se utlizaba conexiones WiFi.
“Después de realizar mediciones técnicas en las principales ciudades del país, sobre la prestación del servicio de Internet Banda Ancha, la Superindustria encontró que los usuarios solo disfrutaban, en algunos casos, de la mitad de la velocidad de navegación ofrecida si se conectaban a través de la red WiFi. Es decir, si un usuario tenía contratado un plan de internet de 20 megabytes por segundo, en realidad podría solo recibir 10 megabytes por segundo cuando utilizaba el servicio conectado a través de WiFi, mientras que si se conectaban con cable tradicional a Internet Hogar sí recibían el servicio completo ofrecido”, señaló la sentencia de la entidad reguladora de Industria y Comercio.
Otra sación que habían recibido algunos operadores previamente tuvo que ver con que las compañías seguían amarrando la adquisición de planes con la compra de teléfonos.
Por Semana.com