Un relator de la ONU en derechos humanos expresó su preocupación por la discusión de un proyecto de ley en El Salvador que abriría la posibilidad de otorgar perdones a graves delitos perpetrados durante el conflicto armado que vivía ese país centroamericano.
Fabian Salvioli, experto de derechos humanos de la ONU en justicia transicional, cree que las medidas de gracias a las que puede conllevar el instrumento legal son incompatibles con las leyes internacionales.
Salvioli sostiene que la impunidad puede contribuir a que se repitan tales crímenes y que las amnistías son incompatibles con crímenes como la tortura o el genocidio.
El experto instó a la Asamblea Legislativa de El Salvador a no aprobar un proyecto de ley que permita perdones de facto por graves violaciones de derechos humanos y crímenes de guerra cometidos durante el conflicto armado interno que cobró 75.000 vidas entre 1980 y 1992.
Para Salvioli no hay razones claras por las que los mecanismos de impunidad como los propuestos en el borrador puedan “considerarse legítimos o incluso necesarios en términos políticos”. “Tampoco son legales”,comentó.
“La condena y el castigo efectivo de los responsables es una obligación del Estado salvadoreño; y no puede ser eludida por decisiones legislativas contrarias al derecho internacional de los derechos humanos”.
La Comisión Política de la Asamblea Legislativa examina desde el 14 de mayo de 2019 una nueva ley de reconciliación nacional.
Las víctimas del conflicto armado, sus representantes y la sociedad civil en general no han sido consultadas en el proceso.
El proyecto puede ser aprobado en el plenario de la Asamblea antes de que finalice esta semana.
El texto tiene por objeto aplicar una sentencia del Tribunal Supremo de 2016 que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía establecida en 1993 y pidió a la Asamblea Legislativa que emita una nueva Ley de Reconciliación Nacional.
Las disposiciones de dicho proyecto incluyen amnistías o perdones de facto, ya que las penas de prisión serán suspendidas y sustituidas por el servicio a la comunidad. La responsabilidad penal se atribuirá únicamente por la omisión o acción directa en la realización de un acto punible, con el riesgo de que queden impunes quienes ordenaron, participaron o fueron cómplices de ello.
También establece un plazo de prescripción de cinco años para la investigación y el enjuiciamiento de las violaciones cometidas durante el conflicto. Además, pide a la Fiscalía General que elabore una lista de casos en un plazo de solo cinco meses.
En un comunicado, Salvioli expresó su profunda preocupación por este intento de abrir la puerta a una amnistía de facto y eliminar la aplicación de sanciones penales por violaciones graves de los derechos humanos y del derecho humanitario y crímenes de lesa humanidad.
El experto recordó la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que prohíbe recurrir a figuras como la amnistía o medidas que pretendan impedir o suprimir los efectos de una sentencia condenatoria para los casos de graves violaciones de los derechos humanos.
“Las amnistías, los plazos de prescripción y los mecanismos que eliminan el efecto de las sanciones penales son incompatibles con los delitos que constituyen graves violaciones de los derechos humanos, como la tortura, las ejecuciones sumarias, las desapariciones forzadas y el genocidio, entre otros”, explica Salvioli.
Además, destaca que la impunidad en relación con estos delitos puede a que se repitan y se creen círculos viciosos de violencia, como ocurre actualmente en el país.