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Dos de cada mil acusados de agredir mujeres en El Salvador son condenados

A siete años de haberse aprobado la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres los resultados no parecen alentadores: la Corte Suprema de Justicia recibió el año pasado 1,346 casos de expresiones de violencia contra las mujeres; de los que el 11 % fue llevado ante un juez y el 1 % terminó en condena para el agresor. Mientras que hasta el 15 de septiembre de este año recibió 624 casos más; de lo cuales, 58 fueron judicializados y, hasta el 15 de septiembre, ninguno había terminado en condena.

Las expresiones de violencia contra las mujeres son uno de los delitos contemplados en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres. En el artículo 55 de esta ley se detalla que elaborar o publicar contenido de odio o menosprecio hacia las mujeres puede ser causa de condena. Asimismo, utilizar expresiones que intimiden, hagan burla o degraden a las mujeres en el ámbito laboral, comunitario o educativo. Aunque hay otros delitos que la ley considera expresiones de violencia contra las mujeres, varios de estos se hallan directamente relacionados con la violencia psicoemocional. Un tipo de violencia que registra la mayoría de denuncias recibidas por el Sistema Nacional de Datos, Estadísticas e Información de Violencia contra las Mujeres 2018.

Seis de cada diez mujeres que denunciaron violencia ante las instituciones que conforman la mesa de conciliación de dicho Sistema recibieron agresiones psicoemocionales. Las conductas que predominaron en las denuncias fueron los insultos, las humillaciones y las intimidaciones.

EL SALVADOR. Casos juzgados de Paz


   
   

Crédito: El Diario de Hoy

EL SALVADOR. Casos juzgados de Paz

La razón por la que no hay suficientes condenas para este delito es porque los procesos judiciales se decantan por el mecanismo de Suspensión Condicional del Procedimiento. Esta es una salida alternativa a la condena que consiste en imponerle reglas de conducta al agresor y una medida de reparación del daño a la víctima. “La mayoría de casos se está yendo por esta salida alterna. Esto implica que al agresor se le pone un año de reglas de conducta que están basadas en el Código Procesal Penal. Entre esas puede ordenársele que no se acerque a la víctima; la obligación de ir a grupos terapéuticos, ya sea de alcohólicos o drogadictos, o ir, en nuestro caso, al programa de las nuevas masculinidades”.

Los casos de Expresiones de Violencia contra Las mujeres han quedado, en su mayoría, en los juzgados de Paz y el resto en los juzgados especializados de Instrucción y de Sentencia. El juez Arístides Borja, quien ejerce funciones en un juzgado de Paz, explicó que en esta etapa solo se recogen los aportes de la Fiscalía. Esto con el objetivo de determinar si el caso pasa a la etapa de instrucción en los juzgados especializados. “Los jueces de Paz estamos limitados para conocer el fondo de los delitos que enumera la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres porque solo conocemos los aportes en la audiencia inicial y son indicios mínimos”.

El juez dijo que, aunque los casos sean sustentados con aportes mínimos es difícil que sean sobreseidos (desestimados) en esas sedes. “Ahora que si la Fiscalía pide el sobreseimiento es porque no tiene la evidencia necesaria”.

Un caso de entre cien

Emma se casó a los 26 años convencida de que su esposo la amaba. Ella lo creía así porque a él parecía no importarle que ella tuviera un hijo de otro hombre. Eso cambió un año después cuando a José le empezó a molestar la presencia del niño en la casa y le pidió a Emma que lo sacara; ella no tuvo otra opción que llevarlo a casa de sus abuelos.

Dejó pasar unos meses y decidió salir embarazada. Ella creía que su esposo necesitaba un hijo propio para ser feliz. Se equivocaba. Cuando tenía pocos meses de embarazo José la golpeó tanto que casi pierde al bebé. Emma lo denunció por primera vez convencida de que había comenzado a jugarse la vida. Pronto supo que era una mujer de la que hablan las estadísticas, las que revelan que la violencia psicológica y la violencia física representan el 73 % de las denuncias de violencia contra la mujer en El Salvador. Los municipios como Jocoaitique, Arambala y El Divisadero en Morazán son municipios con una tasa de violencia de entre 80 y 120 mujeres agredidas cada año. Las mujeres de la zona oriental son las que más denuncian.

En 2018 hubo 21,299 mujeres que denunciaron haber sufrido violencia. Esto según el Sistema Nacional de Datos, Estadísticas e Información de Violencia contra las Mujeres. Pero esos hechos no muestran la cifra negra. La Encuesta Nacional de Violencia contra las Mujeres publicada en 2017 dice que 1.7 millones de mujeres salvadoreñas reportaron haber sido víctima de violencia. De este número solo el 10 % buscó apoyo y el 6 % denunció el hecho. Lo que permite inferir que la mayoría de los hechos de violencia contra las mujeres quedan ocultos por miedo y por falta de información sobre qué hacer y a dónde acudir.

En el capítulo “Búsqueda de apoyo, denuncias y conocimiento de leyes de protección hacia los derechos de las mujeres” de la referida encuesta se lee: “Hay una brecha considerable entre la cantidad de mujeres agredidas y las que buscan apoyo y/o denuncia; pero también existe una diferencia entre las mujeres que acuden a las instituciones con la intencionalidad de buscar algún tipo de soporte, pero no logran acudir a las instituciones con la intencionalidad de buscar justicia”.

EL SALVADOR. Casos que terminaron en condena


   
   

Crédito: El Diario de Hoy

EL SALVADOR. Casos que terminaron en condena

Fuente: El Salvador