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¿Tu visa está en riesgo por el nuevo travel ban de la Casa Blanca? Q&A con una experta en inmigración

Foto: Unplash.

A partir del 9 de junio de 2025, entra en vigor una nueva travel ban ordenada por el presidente Trump. ¿La justificación oficial? La vieja confiable: seguridad nacional y protección del mercado laboral estadounidense.

La medida:

Solo aplica a los nacionales de los 19 países mencionados que se encuentren fuera de Estados Unidos el 9 de junio de 2025 y no tengan una visa válida el 9 de junio de 2025.

Te hacemos un overview del tema y respondemos las dudas más comunes que nos ha hecho llegar a Tiempo Latino con la abogada experta en inmigración Lidice Samper.

La medida entrará en vigor a partir del 10 de junio.

Países afectados y alcance de las restricciones. La nueva prohibición impone una suspensión total de entrada a Estados Unidos para ciudadanos de 12 países: Afganistán, Myanmar (Birmania), Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.

Restricciones parciales para ciudadanos de otros siete países: Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.

La travel ban suspende temporalmente la emisión de nuevas visas de no inmigrante, como visas de turista (B1/B2), estudiantes (F-1) y algunas visas de trabajo (como H-1B y H-2B), para ciudadanos de los países afectados.

En el caso de las visas de inmigrante, aquellas ligadas a peticiones familiares también se ven impactadas, a excepción de ciertos casos que califican como “familiares inmediatos” de ciudadanos estadounidenses. Esto incluye cónyuges, padres e hijos menores de 21 años de ciudadanos americanos, quienes sí podrán seguir ingresando al país.

La medida no afecta a quienes ya poseen una visa aprobada o vigente antes del 9 de junio. Tampoco aplica a residentes permanentes ni a ciertos procesos consulares ya iniciados. Aun así, el panorama es incierto, especialmente para quienes están en medio de un trámite migratorio o consideran iniciar uno pronto.

Preguntas y respuestas con la abogada de inmigración sobre la nueva prohibición de viaje.

  1. ¿Si ya tengo una visa aprobada, podré entrar a los Estados Unidos después del 9 de junio?
    Sí. Si tu visa fue emitida antes del 9 de junio de 2025, puedes usarla para ingresar a Estados Unidos. La orden presidencial contempla excepciones, y esta es una de ellas. Pero, este punto todavía hay que clarificarlo y se espera un pronunciamiento oficial de la Casa Blanca (con más detalles).
  2. ¿Qué visas están suspendidas con esta nueva orden?
    Se están suspendiendo principalmente las nuevas emisiones de visas temporales, como las visas de estudiantes (F-1), turistas (B1/B2) y ciertas visas de trabajo. También algunas visas de inmigrante, salvo aquellas para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses.
  3. ¿Qué se considera un "familiar inmediato"?
    La ley migratoria considera como familiares inmediatos a esposos/as, padres, e hijos menores de 21 años de ciudadanos americanos. Si estás en este grupo, puedes seguir solicitando visas y entrando al país, incluso si eres de uno de los países afectados por el ban.
  4. ¿Y si ya estoy dentro de Estados Unidos con una visa, me afecta el travel ban?
    No. El travel ban afecta principalmente a quienes están fuera del país y desean ingresar. Si ya estás dentro con una visa válida, puedes seguir con tus actividades. Eso sí, se recomienda no salir del país durante este tiempo, ya que podrías enfrentar problemas al reingresar.
  5. ¿Qué pasa con estudiantes que ya están estudiando o con su visa F-1 activa?
    No se verán afectados si permanecen dentro de Estados Unidos. Pero, si salen del país y necesitan volver a entrar, podrían enfrentar restricciones, especialmente si necesitan renovar su visa.
  6. ¿Las visas EB-1 o EB-2 están suspendidas?
    Depende. Si ya estás en Estados Unidos con un proceso aprobado, no hay problema. Pero si estás fuera y planeabas iniciar el proceso, es probable que enfrentes demoras o bloqueos, ya que el enfoque actual es evitar nuevas solicitudes de personas de los países afectados.
  7. ¿Qué pasa con las visas H-1B o H-2B?
    Aunque no fueron mencionadas directamente en la orden, no están dentro de las excepciones. Por lo tanto, ciudadanos de países como Venezuela, Cuba y Haití probablemente no podrán ingresar con nuevas visas de este tipo.
  8. ¿Y si tengo otra nacionalidad además de la venezolana o cubana?
    Si tienes otra nacionalidad y un pasaporte diferente, podrías considerar usarlo, especialmente si eres elegible para el programa de exención de visa (ESTA). Pero, si viajas directamente desde un país afectado, los oficiales de inmigración podrían hacer preguntas adicionales.
  9. ¿Afecta esto a quienes están en proceso de certificación laboral?
    No directamente. La certificación laboral es emitida por el Departamento del Trabajo, no por inmigración. Pero si una persona necesita salir del país para completar el proceso consular, sí podría verse afectada. Si está dentro de EE.UU. y puede hacer cambio de estatus, no debería tener problema.
  10. ¿Y qué pasa con las renovaciones de visa de trabajo?
    Las renovaciones, al igual que otros procesos migratorios, ya tienen demoras importantes, pero ahora podrían ser aún más lentas, especialmente si involucran viajes o trámites fuera del país.
  11. ¿Esto afecta también a estudiantes de universidades como Harvard?
    Solo si están fuera del país o necesitan renovar su visa. Si ya están en EE.UU. estudiando con una visa vigente, no les afecta directamente. De hecho, se espera que haya demandas judiciales que podrían frenar temporalmente la aplicación de esta orden.

Entrevista realizada el jueves 6 de junio por Claudia Ginestra, digital content lead y redactada por Paola Sardiña, Associate Editor. Todos los nuevos detalles anunciados por la Casa Blanca sobre el travel ban serán actualizados en este artículo a partir de hoy.