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Lo que sabemos de las demandas contra las deportaciones expeditas bajo Trump 2.0

Foto: Factchequeado

Si sólo tienes unos segundos, lee estas líneas:

  • La administración del presidente Donald Trump amplió las deportaciones expeditas para inmigrantes indocumentados dentro del país y para aquellos que ingresaron bajo programas como el “parole humanitario” o la aplicación CBP One. 
  • Dos demandas (CHIRLA v. Noem y Make the Road New York v. Noem) suspendieron temporalmente estas deportaciones por violar el debido proceso.
  • Aunque el gobierno apeló, las decisiones permanecen vigentes.

Por Jonnathan Pulla

El 21 de enero de 2025, la administración del presidente Donald Trump amplió el uso de las deportaciones aceleradas o expeditas “a los extranjeros [indocumentados] detenidos en cualquier lugar de Estados Unidos hasta dos años después de su llegada a Estados Unidos”. Un memorándum del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) también extendió esta medida a inmigrantes que ingresaron al país bajo dos programas –actualmente eliminados– de la administración de Joe Biden: la aplicación CBP One y el programa “Proceso para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos (CHNV), más conocido como “parole humanitario”. 

Sin embargo, dos impugnaciones en contra del gobierno han suspendido temporalmente estas dos directrices: CHIRLA v. Noem y Make the Road New York v. Noem. Abogados de la parte demandante en ambos casos confirmaron esta información a Factchequeado vía correo electrónico.

Te explicamos lo que sabemos sobre las impugnaciones al uso de las deportaciones expeditas por el gobierno actual. 

¿Qué son las deportaciones aceleradas o expeditas?

Las deportaciones expeditas son un proceso creado por el Congreso en 1996 que permite a las autoridades migratorias remover de manera rápida a ciertos no ciudadanos sin necesidad de audiencias administrativas ni revisiones adicionales.

La Ley de Reforma Migratoria y Responsabilidad de los Inmigrantes (IIRAIRA, por sus siglas en inglés) de 1996 estableció dos procesos principales para expulsar a extranjeros considerados inelegibles para entrar o permanecer en Estados Unidos. El primero es el proceso “formal” de deportación que tiene “ciertas garantías procesales, incluyendo el derecho a un abogado, a comparecer ante un juez de inmigración, a presentar pruebas y a apelar una decisión adversa”.

El segundo proceso, en cambio, se trata de un procedimiento  simplificado de “expulsión acelerada” para ciertos inmigrantes y extranjeros que han ingresado recientemente a Estados Unidos sin inspección, según Congress.gov.

Esta práctica se ha utilizado mayormente en tres categorías de extranjeros que carecen de documentos de ingreso válido o intentaron obtener la admisión de manera falsa:

  • Extranjeros recién llegados (definidos por la normativa como extranjeros que llegan a los puertos de entrada de los Estados Unidos).
  • Extranjeros que entraron en Estados Unidos por mar, no fueron admitidos por las autoridades migratorias ni recibieron parole y llevan menos de dos años en el país.
  • Extranjeros detenidos a menos de 100 millas (161 km) de la frontera de los Estados Unidos en los 14 días siguientes a su entrada en el país, y que fueron admitidos por las autoridades migratorias ni recibieron parole.

Algunas excepciones a esta práctica incluyen que el extranjero exprese la intención de aplicar para un asilo o que tiene miedo de persecución en caso de ser regresado a su país Como te explicamos en Factchequeado, el asilo es una protección que ofrece Estados Unidos a extranjeros que hayan sufrido persecución o que tienen temor de sufrir persecución por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política. Las personas que huyen de un país por razones económicas o violencia generalizada no califican para un asilo.

Las deportaciones expeditas fueron expandidas en 2019, durante la primera administración de Trump (2017-2021), para incluir a “todos los extranjeros físicamente presentes en Estados Unidos que no fueron admitidos [por las autoridades migratorias] o que no recibieron parole, que hayan estado en el país por menos de dos años y que carezcan de documentos válidos de entrada o que obtuvieron admisión mediante fraude o tergiversación”. Esta práctica fue suspendida en 2022, durante la administración de Biden (2021-2025), según Congress.gov.

Paige Austin, abogada de litigios de Make the Road New York, organización sin fines de lucro y la parte demandante en la impugnación en contra de deportaciones expeditas para beneficiarios del parole o CBP One, dijo en febrero de 2025 a City Limits, medio aliado de Factchequeado, que personas con órdenes de deportación también pueden ser repatriadas rápidamente.

CHIRLA v. Noem

Las deportaciones expeditas a individuos que entraron con parole “quedan suspendidas, en espera de la conclusión de estos procedimientos de revisión”, precisa el texto de la decisión de la jueza Jia M. Cobb, de la corte federal del Distrito de Columbia. Cobb, falló a favor de las organizaciones demandantes en el caso CHIRLA v. Noem el 1 de agosto de 2025, suspendiendo la deportación expedita en “personas que, en cualquier momento, hayan sido admitidas en libertad condicional en los Estados Unidos en un punto de entrada”. El argumento de los demandantes es que la medida de Trump violaba el debido proceso. 

Hasta el 17 de septiembre de 2025, esta decisión sigue vigente, según confirmó Hillary Li, una de las abogadas de los demandantes, a Factchequeado. 

Los demandantes –Coalición para los Derechos Humanos de los Inmigrantes (CHIRLA), CASA y el UndocuBlack Network (UBN)– argumentaron que “la administración de Trump estaba violando la ley al someter a este grupo de personas a una expulsión acelerada, un proceso de deportación por vía rápida que impide que las personas tengan una oportunidad justa de defenderse”. 

La orden “limita la capacidad del gobierno” de utilizar las “deportaciones rápidas sin audiencia” a quienes ingresaron con libertad condicional o parole. Esto incluye a los inmigrantes que ingresaron a través de CBP One y otros procesos de parole para ucranianos, afganos, cubanos , haitianos, nicaragüenses, venezolanos y más”, según una publicación  de CHIRLA del 1 de agosto de 2025.  

CBP One fue una aplicación móvil de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) que permitía solicitar asilo humanitario en Estados Unidos durante el gobierno de Biden. En marzo de 2025 fue sustituida por CBP Home.  

La administración de Trump había solicitado a la corte federal de D.C. que se suspendiera el fallo de Cobb el 4 de agosto de 2025. Pero esta solicitud fue negada 10 días después. Posteriormente, la administración de Trump “presentó una moción de suspensión en espera de la apelación ante la Corte de Apelaciones del Circuito de D.C.”, la cual emitió una suspensión administrativa parcial cuatro días después. 

Sin embargo, el 12 de septiembre la Corte de Apelaciones negó la moción del gobierno “para una suspensión en espera de la apelación y levantó la suspensión administrativa”, dijo Hillary Li, abogada en representación de los demandantes, a Factchequeado a través de correo electrónico.

“Esto significa que la orden de la jueza Cobb vuelve a estar plenamente en vigor”, agregó.  

Make the Road New York v. Kristi Noem

Aun cuando el caso sigue siendo litigado, por ahora están suspendidas las deportaciones expeditas de inmigrantes que no pueden demostrar que han permanecido en el país de forma continua durante dos años o más, según el fallo de la jueza Cobb del 29 de agosto de 2025, a favor de los demandantes de caso Make the Road New York v. Noem.

“El proceso de expulsión acelerada no ofrece a las personas ninguna oportunidad, y mucho menos una ‘significativa’ de demostrar que han estado presentes en los Estados Unidos durante dos años”, dijo Cobb en su decisión.

Hasta el 17 de septiembre de 2025, “la orden de la corte federal tribunal de distrito que suspende el uso de esa autoridad sigue vigente”, según confirmó a Facchequeado vía telefónica Anand Balakrishnan, abogado principal de los demandantes, por la Unión de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés), la organización que representa a Make the Road New York en el litigio.

La administración de Trump apeló la decisión de Cobb el 5 de septiembre de 2025 ante la Corte de Apelaciones de D.C. y presentó una moción de emergencia para suspenderla “en espera de la apelación”, el 9 de septiembre de 2025”.

Make the Road New York presentó su respuesta el 15 de septiembre de 2025 argumentando que la “moción del gobierno debe ser negada”. Hasta las 1:00 pm. horario del este del 17 de septiembre de 2025, el gobierno no ha respondido, según Balakrishnan, quien agrega que es “incierto” cuánto tardará la corte en emitir una decisión sobre la moción de emergencia del gobierno.

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