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Fiscal general de Colombia pidió a Duque objetar la Ley Estatutaria de la JEP

Mientras corre el plazo que tiene el presidente Iván Duque para revisar la Ley Estatutaria de la JEP, la norma que se constituye en la columna vertebral para el funcionamiento de la justicia transicional en Colombia, una voz entró a echarle fuego al debate interno que se lleva a cabo en Casa de Nariño.

El fiscal general, Néstor Humberto Martínez, revivió varias de sus peticiones, que no pasaron el examen de constitucionalidad, para pedirle al primer mandatario que las tenga en consideración al calificarlas como inconvenientes frente a la política criminal del Estado y los deberes internacionales.

“La Fiscalía considera que el debate del juicio de conveniencia sobre algunos artículos es necesario e imprescindible, el debate no puede darse sobre la forma, se debe dar sobre los temas de fondo”, manifestó Martínez.

Narcotráfico como delito de ejecución permanente

En este punto, el fiscal no quedó contento con la fórmula adoptada por la Corte Constitucional para definir los alcances de las entidades investigadoras sobre el narcotráfico como delito de ejecución permanente. Dice que no se definió la jurisdicción competente sobre estos delitos; por ello, habían planteado que fueran de competencia de la “jurisdicción ordinaria, con apego a los principios rectores de la competencia de la JEP, que circunscriben el ejercicio de su jurisdicción, a los delitos ocurridos durante el conflicto hasta el 1 de diciembre de 2016”.

Sobre este punto, Martínez alega que la sentencia de la corte le impedirá a la Fiscalía actuar con celeridad hasta que la JEP defina los casos en los que los desmovilizados de la guerrilla continúen cometiendo delitos relacionados con el narcotráfico. Según el fiscal, la entidad quedaría sin competencias hasta que el tribunal defina caso por caso qué justicia tendría las facultades para hacerse cargo de ellos.

Suspensión de investigaciones contra agentes del Estado y reinsertados

El fiscal critica que el artículo 79 del proyecto de ley dejara “maniatada” a la Fiscalía en su actividad investigativa, lo que generaría un choque de funciones y abriría un vacío que podría terminar con la intervención de la Corte Penal Internacional. De acuerdo con la carta, el fallo dispone “que no podrán ordenar la citación a la práctica de diligencias judiciales”. Esto significa, según el ente, que mientras la JEP funcione, ni Fiscalía ni otra jurisdicción tendrían competencia en algunos casos para realizar efectivamente entrevistas, audiencias, interrogatorios.

Esto conllevaría a lo que el fiscal denomina como un incumplimiento del deber del Estado en la persecución de delitos graves. El choque es evidente para la entidad investigadora que asegura que la Corte Penal Internacional le manifestó que “los asuntos de admisibilidad no pueden ser evaluados sobre la base de procedimientos nacionales hipotéticos y deben estar basados en hechos concretos de que una investigación genuina exista en la actualidad”.

Según la CPI, las autoridades nacionales deben demostrar que están haciendo seguimiento a estos casos a través de procedimientos judiciales demostrados con evidencia suficiente. Por esta razón, el fiscal asegura que si la facultad de investigación permanece nominal a cargo de la Fiscalía, las restricciones de la misma, permitirían que la CPI podría intervenir en el Estado colombiano.

Fuente: Semana