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El Salvador: ¿Nayib Bukele legalizó el espionaje digital?

EL SALVADOR. Después del escándalo Pegasus, Bukele aprueba reforma para "agentes encubiertos" del ramo digital. EFE/ Rodrigo Sura

La bancada oficialista en el parlamento de El Salvador, perteneciente al presidente Nayib Bukele, aprobó este martes una serie de reformas al Código Procesal Penal que le dan a la policía facultades en el campo digital que preocupan a especialistas.


¿Por qué es importante? La reforma de Bukele acepta la creación de “agentes encubiertos" para el campo digital de El Salvador. Estos funcionarios, cuando investiguen delitos informáticos, podrán acceder a información pública y personal en cualquier aparato electrónico.

  • La reforma es señalada como ambigua, porque no queda claro si esos agentes encubiertos necesitarán una orden judicial para acceder a la información.
  • La reforma incorpora la "evidencia digital" en los procesos penales.
  • El cambio legal se hizo este martes 1 de febrero con el respaldo de 63 votos de la banca oficialista del partido Nuevas Ideas y 17 sufragios en contra.


El contexto: La sociedad civil organizada y ONG aseguran que la nueva norma “legaliza el espionaje”. Un cambio que sucede unas tres semanas después de que se revelara el uso masivo, por parte del gobierno de Bukele, del programa de espionaje Pegasus contra críticos y opositores.

  • El artículo 259-D dice que la Fiscalía -no un juez- podrá ordenar por escrito a la policía “la realización de operaciones encubiertas" en la aplicación de la Ley Especial Contra Delitos Informáticos y otras leyes penales especiales.
  • Con el cambio, softwares de espionaje como Pegasus, de la empresa NSO Group, serán legales en su implementación.
  • Los opositores a Bukele señalan que en otras leyes sí se menciona la necesidad de un permiso judicial.

¿Qué dicen? Fiscalía considerará como prueba “los documentos digitales, mensajes electrónicos, imágenes, vídeos, datos y cualquier tipo de información que sea almacenada, recibida o transmitida a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación o por medio de cualquier dispositivo electrónico”, señala el nuevo artículo 259-D del Código Procesal.

Fuente principal de la noticia: El Faro.

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