Un tribunal federal del Distrito de Columbia decidió este 14 de junio que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, no puede rechazar el acceso al aborto a menores migrantes detenidas por las autoridades estadounidenses.
El anuncio, de acuerdo con información de la agencia de noticias EFE, llega tras la medida que en marzo de 2017 adoptó la Oficina de Reasentamiento de Refugiados.
Para ese momento, el organismo manifestó que en sus albergues estaba “prohibida cualquier acción que facilite un aborto sin la indicación y aprobación del (para entonces) director (Scott Lloyd)”.
Por su parte, este viernes el tribunal anunció que “esa política opera como una veda total del acceso al aborto”.
“Bajo precedente del Tribunal Supremo una persona tiene derecho constitucional a terminar su embarazo antes de la viabilidad (del feto) y el gobierno no puede dificultar indebidamente esa decisión”, siguió.
La información fue confirmada tras la demanda introducida por cuatro mujeres.