La pandemia del COVID-19 sacudió a todos por igual; sin embargo más allá del temor a morir por el virus, otros miedos despertaron: la crisis económica generó la pérdida de muchos empleos lo que también significó una pausa en el pago de alquileres y arrendamientos.
En septiembre de 2020, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) hizo pública una moratoria en todo el país, la cual cancelaba temporalmente los desalojos. La medida no solo tenía como norte ayudar a las familias que sufrían los estragos económicos de la pandemia, también consideraba que ayudaría a frenar los contagios en Norteamérica.
La medida se ha ido extendiendo con el paso de los meses, pese a que la vacunación en el país avanza significativamente, el paquete de alivio económico de Biden fue aprobado y el país ha sumado nuevos puestos de trabajo.
La última actualización de la orden de los CDC tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2021. Pero, ¿Cuáles son las características de esta norma?
CLAVE 1: ¿Quiénes son los beneficiarios?
La moratoria de los CDC aplica a aquellas viviendas de alquiler que se encuentran en todo el territorio nacional, sin importar si son recintos públicos o privados. Y para poder estar amparado por esta regulación, las personas afectadas deberán cumplir con cinco condiciones:
1. Saber que percibirá menos de $99 mil durante el 2021 o $198 mil si se trata de una pareja, quienes tendrán que presentar una declaración de impuestos conjunta. Asimismo, demostrar que no tuvo que pagar impuestos en 2020, o recibió un cheque de estímulo federal.
2. Demostrar que no puede pagar su alquiler porque sus ingresos están destinados a gastos médicos que debe cancelar.
3. Demostrar que pese a acudir a los distintos órganos federales para recibir una ayuda que le permitiera pagar el alquiler, no se obtuvo el resultado esperado.
4. Demostrar que es posible que le desalojen de su hogar, lo que lo obligaría a mudarse con algún familiar o amigo cercano.
5. Comprometerse que continuará pagando el alquiler, según su situación.
CLAVE 2: Pasos para formalizar la protección
Al consignar los requisitos que los CDC estipulan, las personas afectadas deben firmar y enviar la declaración por email o correo al propietario del inmueble. Es importante que el beneficiario tenga una copia de la declaración firmada también por el arrendador.
La declaración incluye una sección donde la persona puede certificar que envió el documento al propietario, así como indicar la fecha del envío.
Te puede interesar: Líderes piden al G-7 pagar las vacunas de países de bajos recursos
CLAVE 3: ¿Los propietarios están en la obligación de cumplir la moratoria?
Pese a que los CDC tienen la potestad para aprobar la moratoria, puede que la declaración no evite que el arrendatario intente llevar a cabo el desalojo, bien sea por un aviso o una orden ante el tribunal.
Sin embargo, los CDC advierten que los propietarios que lleven a cabo estas acciones ante los beneficiarios enfrentarán multas o penalizaciones como el encarcelamiento.
CLAVE 4: Qué hacer en caso de desalojo
Si el beneficiario envió la declaración y aún así el propietario ejecuta alguna medida para llevar a cabo el desalojo, se debe llamar a la línea de ayuda de Servicios Legales por COVID-19.
No obstante, es importante recordar que los propietarios pueden ejecutar un desalojo si tiene la orden de un juez. En caso de no ser así, el desalojo es ilegal.
Los CDC también establecen que los desalojos pueden llevarse a cabo en caso de que la persona participe en una actividad delictiva dentro de la propiedad, ponga en riesgo la salud pública o la seguridad de otros residentes del lugar, causar daños significativos a la propiedad, incumplir códigos u ordenanzas de la residencia o el sector en el que se encuentra, o por incumplir algún requisito que esté estipulado en el contrato.
La orden de los CDC no establece si se puede llevar a cabo los desalojos si se termina el contrato y el propietario no quiere extenderlo, razón por la que muchos jueces han permitido que los desalojamientos se ejecuten.
CLAVE 5: No está exento de pagar
Pese a estar protegido por la medida de los CDC, los ciudadanos están en la obligación de continuar pagando su alquiler. A partir del 1 de julio, los propietarios estarán en su derecho de exigir el pago total de la deuda, incluso puede cobrar intereses por el retraso o tratar de imponer algunas multas.
Puede conocer más detalles de la moratoria de los CDC aquí.